El miércoles 18 del corriente de mayo se llevará a cabo el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas, fecha que reviste el carácter de Feriado Nacional y por lo tanto no habrá ningún tipo de actividad en nuestra Asociación Empleados de Comercio de Rosario.
Paralelamente, la ley 24.254 que dispone y reglamenta el referido censo, establece que desde la hora 0 del día 18 y hasta las 20 de la mima jornada, quedan prohibidas y/o permanecerán cerrados:
-Funciones teatrales
-Exhibiciones cinematográficas
-Competencias deportivas
-Toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos
-Restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes
-En virtud de ello, deberán permanecer cerrados confiterías, restaurantes, panaderías, bazares y comercios en general.
La única excepción al respecto radica en los servicios esenciales (servicios sanitarios y hospitalarios, telefónicos, producción y distribución de agua potable y energía eléctrica, control de tráfico aéreo y transporte de personas), los cuales deberán mantener guardias mínimas de servicios.
A los efectos salariales de las actividades mencionadas, será de aplicación la legislación vigente en la materia para los días declarados feriados nacionales (Art. 3).
Por último, la referida 24.254 pone de manifiesto que “toda infracción a lo dispuesto en los artículos precedentes, será sancionada de acuerdo con las normas en vigencia relativas al trabajo en el día feriado”.