Las sumas fijas no remunerativas de $ 1200 por única vez que seran otorgadas con los sueldos de los meses de julio y noviembre. Deberán ser liquidadas en su totalidad sin importar las jornada laboral pactada. En respuesta a las consultas realizadas sobre la interpretación del art 2 del acuerdo abril 2014 homologada mediante resolución S.T. N° 626/14 la federación hace saber su posición frente a la proporcionalidad de la misma o no respecto a la jornada laboral cumplida. Como ...
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